jueves, 4 de octubre de 2007

OPINIONES SOBRE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION DE ENTRE RIOS

Bases para la Reforma de la Constitución Provincial

El dirigente Socialista Santiago Reggiardo, candidato a Convencional Constituyente puso énfasis en principios de honestidad, justicia, dignidad, libertad, y la defensa de la diversidad biológica y productiva de nuestras tierras, en el marco de la reforma de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos.
Reggiardo, integrante de la Coalición Cívica (del Partido Socialista y del ARI), destacó que en la reforma de Constitución de la Provincia se buscará reforzar y ampliar la Democracia; impedir la impunidad y la corrupción; y afianzar la Justicia independiente. Asimismo, que las instituciones y el sistema educativo sea más eficiente; junto a un sistema integrado de salud; a la vez de promover a las Pymes y pequeños y medianos productores rurales.
En este sentido, destacó que para ello es necesario:
-Descentralizar el poder y limitar el discrecionalismo del Poder Ejecutivo en el manejo de los fondos públicos. Limitando la facultad del Poder Ejecutivo de efectuar transferencias entre partidas aprobadas por la Legislatura. Acotando la utilización de la partida para gastos reservados exclusivamente para aspectos de seguridad. Y restringiendo la facultad de contratación directa y de venta directa de bienes del dominio privado del Estado.
-Fortalecer los organismos de control de la gestión del Estado -Tribunal de Cuentas y Oficina Anticorrupción- para ayudar a prevenir y en su caso sancionar hechos de corrupción. En el caso de esta última establecerla como órgano de la Constitución con independencia de los poderes del Estado.
-Una justicia independiente alejada de la influencia del poder político. Designación de los jueces mediante un Consejo de la Magistratura integrado mayoritariamente por representantes de las organizaciones de la sociedad civil.
-Definir canales institucionales para facilitar la participación de las entidades de la sociedad civil en las decisiones de gobierno mediante la creación de un Consejo Económico y Social. También la expresión libre de la voluntad de los ciudadanos mediante mecanismos de consulta y referéndum.
- Institucionalizar al Defensor del Pueblo para representación y defensa de los intereses de la sociedad o intereses difusos. Incorporar a sus facultades las necesarias para requerir del Poder Ejecutivo provincial, del Poder Legislativo y de todos los funcionarios y legisladores individualmente considerados, informes de los actos de administración del Estado y publicitarlos en salvaguarda del derecho a la información pública, vigente en la Constitución Nacional y que, además, deberá ser conceptual izado en el nuevo texto de la Constitución de Entre Ríos.
-Dignificación del Docente a través del salario y constante capacitación pedagógica.
- Carrera administrativa con ingresos y ascensos por mérito en orden a lograr un Estado eficiente al servicio de la sociedad. Principio de pérdida circunstancial de idoneidad para el desempeño de cargo público del funcionario procesado hasta que sea declarado libre de culpa y cargo.
-Profundización de la autonomía municipal
-Imperativo constitucional para:
-Establecimiento de políticas activas para desalentar la concentración de la propiedad de la tierra. Establecer límites a la extranjerización del suelo entrerriano.
Definición de medidas que desalienten la actividad de los llamados pools de siembras, que degradan los suelos con prácticas agrícolas irracionales y causan la expulsión irreversible de pequeños productores y de sus familias del medio rural hacia las ciudades.
-Defensa del bosque nativo, de la diversidad biológica y productiva, y de producciones sustentables. Las primeras víctimas de la degradación de los suelos y del ambiente son los pequeños y medianos productores y sus familias y los habitantes de localidades rurales cercanas a sus actividades.
-Gestión pública, y participativa del agua y sus cuencas.

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